Patról150 Administrador del Foro
| Tema: Normativa sobre matricula reducida Miér Feb 11, 2009 11:27 pm | |
| Matrícula Delantera Sólo es posible instalar la matrícula delantera reducida en el caso de que se cumpla alguna de las dos siguientes condiciones: 1) Que no haya sitio para la matrícula grande. 2) Que si se instala la matrícula grande se tape la ventilación del motor.Y estas dos condiciones se pueden producir en dos casos distintos que tienen soluciones distintas:
A)Se ha reformado o sustituido el paragolpes delantero por otro y en este nuevo paragolpes sustituido o reformado cumple alguna de las dos condiciones anteriores. En este caso se debe de homologar la reforma o sustitución del nuevo paragolpes y en esa homologación podemos incluiros el tema de la matrícula reducida, de modo que os lo anotarán en general en la ficha técnica junto con las demás reformas homologadas.
B) Se trata del paragolpes de origen. En este caso se puede certificar la validez del uso de la matrículadelantera reducida siempre que se cumpla alguna de las dos condiciones anteriores, pero en este caso no se trata de una homologación ya que elcambio de la matrícula en si mismo no es reforma y por tanto no os loanotarán (o no deberían de anotarlo) en la ficha técnica.Comocomentario final añadir que todo lo comentado es válido para todo el territorio español salvo Cataluña, donde no aceptan la matrículadelantera reducida en ningún caso |
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INAGA Nuevo
| Tema: Re: Normativa sobre matricula reducida Mar Feb 17, 2009 4:44 pm | |
| todo correcto. |
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